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NUESTROS SERVICIOS

  • INSTRUMENTOS PROTOCOLARES
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  • Diligencia de Protesto
  • Asuntos no Contenciosos

ESCRITURAS PÚBLICAS

Para la elevación a Escritura Pública existen requisitos generales (aplicables a todos los actos o contratos) y otros especiales, que corresponden sólo a algunos actos o contratos.

  • Requisitos Generales
  • Requisitos Especiales
Requisitos Generales
  1. Minuta suscrita por todos los contratantes y autorizada por Abogado Colegiado. Ello excepto en los siguientes casos:
        a) Otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia del mandato;
        b) Renuncia de nacionalidad;
        c) Nombramiento de tutor y curador en los casos que puede hacerse por escritura pública;
        d) Reconocimiento de hijos;
        e) Adopción de mayores de edad;
        f) Autorización para el matrimonio de menores de edad otorgada por quienes ejercen la patria potestad;
        g) Aceptación expresa o renuncia de herencia;
        h) Declaración jurada de bienes y rentas;
        i) Declaración de voluntad de constitución de pequeña o microempresa; y,
  2. Documento Nacional de Identidad (Original y Copia Simple) de los contratantes. El Documento Nacional debe encontrarse vigente (revisar su fecha de caducidad) y contener la constancia de última votación o dispensa de sufragio (pago de la multa respectiva). Si desea mayor información sobre el DNI, hacer clic en el siguiente vínculo: http://www.reniec.gob.pe
  3. En el caso de Extranjeros, presentarán Carnet de Extranjería vigente (Original y Copia) , con el pago de la tasa del año en curso o Pasaporte (Original y Copia) con visación que lo autorice a celebrar negocios en el territorio nacional. Debe recordarse que actualmente se está efectuando el cambio del Carnet Extranjería Manual por uno de emisión mecanizada. Si desea mayor información sobre el Carnet de Extranjería, su canje y las autorizaciones de visado del Pasaporte hacer clic en el siguiente vínculo: http://www.migraciones.gob.pe
  4. En caso que alguno de los contratantes actúe a través de representantes (apoderado) acompañar Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
  5. En caso que alguno de los contratantes actúe en representación de una persona jurídica, acompañar Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
  6. Si en la Minuta se solicita transcribir los acuerdos adoptados por una Persona Jurídica, acompañar los Libros de Actas donde conste el acuerdo correspondiente.
  7. Si se solicita constancia o fe de entrega notarial de un cheque, acompañar copia del cheque a ser entregado.
  • Compraventa
  • Donac./antic. de Légit.
  • Otorg. de Poderes
  • Const. de Socied.
  • Aum. Cap. Socied.
  • Consti. de Hipot.
  • Levant. de Hipot.
Requisitos para Compraventa

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los Vendedores y Compradores
* Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
* Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de venta.
* En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
* Declaración Jurada de Autoavalúo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los Recibos de Pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
* Pago de Impuesto a Alcabala excepto supuestos de exoneración o inafectación.
* Recibo de Pago a cuenta del Impuesto a la Renta, cuando corresponda.
* Si se va a utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta.


Similares requisitos se aplican a los Contratos de Permuta (debiéndose acompañar la documentación respecto a todos los inmuebles objeto de transferencia), Dación en Pago y otros en los que se transfiera la propiedad de predios.
Requisitos para Donación / anticipo de Légitima

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los Vendedores y Compradores.
* Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
* Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de venta.
* En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
* Declaración Jurada de Autoavalúo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los Recibos de Pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
* Pago de Impuesto a Alcabala excepto supuestos de exoneración o inafectación.
* Si se va a utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta.
* En el caso de anticipo de legítima, que es una donación a los herederos forzosos (hijos y padres) no se requiere el pago del Impuesto de Alcabala, pero debe acompañarse las correspondientes partidas de nacimiento expedidas por la Municipalidad correspondiente.
Requisitos para Otorgamiento de Poderes

* Minuta autorizada por Abogado (Opcional)
* Copia del Documento de Identidad del otorgante del poder
* Si se va a delegar un poder ya otorgado, acompañar certificado de vigencia del poder que se va a delegar.

No se requiere que la persona a quien se otorga el poder intervenga en la Escritura Pública, pero si se requieren sus datos de identidad exactos. Estos requisitos son aplicables a poderes que otorga una persona natural. Si los poderes son otorgados por una Persona Jurídica (Sociedades, Asociaciones, etc.), se requerirá el Acta.
Requisitos para Constitución de Sociedades

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por todos los que constituyen la sociedad.
* Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
* Si los bienes aportados al capital social son bienes muebles, acompañar Declaración Jurada de Recepción de Bienes formulada por el Gerente General, indicando la valorización comercial de cada uno de los bienes aportados y su recepción conforme en representación de la sociedad.
* Si los bienes aportados al capital están constituidos por dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del Sistema Financiero. Cuidar que el monto del depósito coincida con el indicado en la minuta y que se consigne el nombre de la sociedad. La entidad del Sistema Financiero para la apertura de la cuenta a nombre de la sociedad exigirá, normalmente, copia de la minuta con sello de ingreso a la Notaría.
* Si se aporta al capital social bienes inmuebles inscritos en el Registro de Predios o vehículos inscritos en el Registro Vehicular, acompañar copia literal de la partida registral donde se encuentra inscrito el inmueble o vehículo a favor de los socios que aportan dichos bienes.

Se recomienda que, previamente, se verifique que no existe registrado el mismo nombre o similar al que pretende adoptar la sociedad materia de constitución. Si se desea mayor seguridad, se puede efectuar el trámite de Reserva de Preferencia Registral de la Denominación Social.
Requisitos para Aumento de Capital en Sociedades

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por la persona designada en el Acuerdo de Aumento de Capital Social
* Libro de Actas de Junta Generales de la Sociedad, en el cual conste el acuerdo adoptado respecto al aumento de capital social
* Copia de los Documentos de Identidad de la persona que suscribe la minuta.
* Si los bienes aportados al capital social son bienes muebles, acompañar Declaración Jurada de Recepción de Bienes formulada por el Gerente General e Informe indicando la valorización comercial de cada uno de los bienes aportados
* Si los bienes aportados al capital están constituidos por dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del Sistema Financiero.
* Si se aporta al capital social bienes inmuebles inscritos en el Registro de Predios o vehículos inscritos en el Registro Vehicular, acompañar copia literal de la partida registral donde se encuentra inscrito el inmueble o vehículo a favor de los socios que aportan dichos bienes
* Si el aumento es por capitalización de créditos o resultado de operaciones contables, se debe adjunta Constancia o Voucher contable, en el que figure el aumento en la cuenta capital, debidamente suscrito y sellado por Contador Público Colegiado.
Requisitos para Constitución de Hipoteca

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por quien constituye la hipoteca y la persona a cuyo favor se constituye la hipoteca.
* Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
* Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de hipoteca.
* En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
* Si se trata de un mutuo dinerario (préstamo de dinero) respaldado por con la hipoteca que se constituye, y se entrega el dinero en el mismo acto de constitución de hipoteca, se recomienda utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta). En este caso, hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta.
Requisitos para Levantamiento de Hipoteca

* Minuta autorizada por Abogado y suscrita por la persona a cuyo favor se constituye la hipoteca. Opcionalmente, puede también firmar la minuta el deudor hipotecario.
* Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
* Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de levantamiento de hipoteca.
* En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
* Si conjuntamente con el levantamiento de la hipoteca se está efectuando el pago de un mutuo dinerario, se recomienda utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta). En este caso, hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta.

 

 

TESTAMENTOS

Requisitos

*D.N.I. del Testador
* 2 Testigos mayores de edad (no familiares) con sus respectivos D.N.I.
* Copia literal y/o testimonios de los inmuebles que pretenda disponer.
* En el caso que el testador sea mayor de 70 años, se requiere adicionalmente, certificado médico que indique la lucidez en todas sus facultades mentales. Se realizará la comprobación respectiva, y en caso de no encontrarse lúcido (a) no se podrá realizar el testamento.
* Tanto el Testador como los testigos, deberán presentar sus D.N.I. vigentes con la última constancia de votación o con la dispensa respectiva.

ACTAS DE TRANFERENCIAS VEHICULAR

Requisitos

* Deberán estar presentes compradores y vendedores conjuntamente.
* Llenar Hoja de datos con generales de ley de los contratantes e información del vehículo así como precio de venta.
* Presentar original y copia de los documentos de identidad vigentes de los contratantes. El DNI deberá contar con la constancia de votación al día, dispensa ó pago de multa, además de encontrarse vigente
* Tratándose de personas jurídicas o personas naturales que representen a otras, deberán acreditar los poderes para celebrar este tipo de contratos con el Certificado de vigencia de poder expedido por la Zona Registral correspondiente. Dicho Certificado no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días naturales
* Presentar Original y copia de la Tarjeta de Propiedad, en caso la Tarjeta se encuentre deteriorada, presentar Certificado de Gravamen
* En caso de vehículo con una antigüedad de inmatriculación (fecha de inscripción a los Registros Públicos) no mayor a 3 años, presentar el debido comprobante que acredite el pago del impuesto al patrimonio vehicular.
* Presentar original y copia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito (SOAT) vigente.
* Cuando se trate de un vehículo de propiedad común de los cónyuges, se requiere la intervención de ambos por propio derecho o poder.
En caso de primera inscripción, adjuntar DUA, factura emitida por el importador y cláusula con firmas legalizadas del comprador y vendedor manifestando el medio de pago.

ACTAS DE PROTESTOS DE TÍTULOS VALORES

Requisitos

* Presentar en la notaria el titulo valor que desea ser protestado (letra de cambio, pagare, warrants, etc) para la verificación de las formalidades de su emisión y la verificación de su vencimiento de ser el caso.
* La diligencia de protesto se lleva a cabo cumpliendo lo dispuesto en la ley de la materia y el acta respectiva se transcribe en el registro especial para protestos que la ley señala.

ASUNTOS NO CONTENCIOSOS

  • Suce. Intestada
  • Rect. de Partidas
  • Pres. Adq. Dominio
  • Const. Patrim. Fam.
  • Divorcio Notarial
  • Adop. Pers. Cap.
  • Unión de Hecho
Requisitos para Sucesión Intestada

Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:

* Datos personales del solicitante.
* Petitorio o materia de la solicitud.
* Nombres de los presuntos herederos y sus domicilios.
* Fundamentos de hecho y de derecho.
* Relación de bienes conocidos, de ser el caso.
* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
* Firma del o los solicitantes.
* Fecha.

Anexos que se deben acompañar a la solicitud :
* Copia legible del documento de identidad del o los solicitantes, vigentes y con la constancia de la última votación.
* Copia certificada de la partida de defunción.
* Copia certificada de la partida de matrimonio. (En caso que el causante tuviera a su cónyuge vivo).
* Copias certificadas de las partidas de nacimiento o documento publico que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
* Certificado negativo de sucesión intestada.
* Certificado negativo de testamento.

Tramite:
Calificada la documentación se realizan las publicaciones, (en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulación); anotación preventiva y notificaciones a los presuntos herederos. 15 días útiles después de la ultima publicación se procede a expedir el acta de sucesión intestada, la cual será inscrita en el Registro de Personas Naturales y si fuera el caso en el Registro de Propiedad Inmueble.o Registro Vehicular
Requisitos para Rectificacion de Partidas

Minuta dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:
* Datos personales del solicitante.
* Petitorio; que comprende la determinación clara y concreta del error o errores en que se ha incurrido en la o las partidas respectivas. es pertinente indicar que el error solo debe referirse errores u omisiones en nombres, apellidos, u otros que resultan evidentes del tenor de las propias partidas o de otros documentos probatorios. no puede invocarse para cambio de nombre y apellido.
* Fundamentos de derecho.
* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
* Fecha

Anexos que se deben acompañar a la solicitud :
* Copia legible del documento de identidad del solicitante vigente y con la constancia de la última votación.
* Copia certificada de la partida que se solicita rectificar

Instrumentos que acrediten fehacientemente el pedido, estos pueden ser:
* Partida de nacimiento.
* Partida de matrimonio.
* Partida de defunción.
* Partida de bautismo.
* Libreta Electoral o DNI.
* Pasaporte.
* Carnet de extranjería, etc.

Prescripción Adquisitiva de Dominio y/o Saneamiento de Area, Linderos o Medidas Perimetricas.

Requisitos Generales

Respecto al Solicitante:
* En el caso de persona natural, deberá adjuntar copia de su documento de identidad vigente y con la constancia de la última votación. Si actuará en representación de otra persona natural deberá adjuntar el certificado de Vigencia de Poder, con antigüedad no mayor a 30 días.
* En el caso de personas jurídicas, el representante deberá adjuntar la copia de su documento de identidad vigente y con la constancia de la última votación. Adicionalmente, deberá presentar el Certificado de Vigencia de Poder, con antigüedad no mayor a 30 días naturales, que acredite facultades del representante

.

Respecto de la Solicitud:
* Escrito debidamente firmada por Abogado y por todos los solicitantes,
* La solicitud debe ser firmada., también, por tres testigos, mayores de 25 años, con domicilio. Deben acompañar copia de sus documentos de identidad, vigentes y con constancia de última votación e indicar su domicilio para fines de notificación.
* En la solicitud de indicarse cuales son los predios colindantes, sus datos de inscripción registral y el nombre y domicilio de los propietarios de los mismos, para efectos de notificación.


Requisitos Especiales

A) Prescripción Adquisitiva de Dominio
Respecto del inmueble:

* Copia Literal completa de la Partida Registral del Inmueble o CRI, con antigüedad no mayor a 30 días naturales.
* Si en la partida registral aparece el inmueble como rústico o sin la habilitación urbana, presentar Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios o Certificado de Zonificación emitidos por la Municipalidad, en el que conste zonificación urbana.
* Si la descripción actual de inmueble (Municipal o en otros documentos) difiere de la partida registral, acompañar certificado de numeración emitido por la Municipalidad respectiva.
* Si el inmueble figura en la partida registral como terreno: acompañar Formulario de Regularización- Ley N° 27157 completo y en tres ejemplares, otorgado por Ingeniero Civil o Arquitecto Verificador registrado en Registros Públicos, que contenga la Declaratoria de Fábrica de la edificación efectuada.
* Si el inmueble figura en la partida registral con edificación inscrita: acompañar Formulario Regularización – Ley N° 27157 completo y en tres ejemplares, otorgado por Ingeniero Civil o Arquitecto Verificador registrado en Registros Públicos, que contenga la modificación de la edificación inscrita.
* Si la Prescripción es sobre un área no independizada que forma parte de un inmueble de mayor extensión, debe acompañar memoria descriptiva y planos de ubicación y distribución, autorizados por Verificador inscrito en Registros Públicos, en los que se detalle el área, linderos y medidas perimétricas, tanto del área materia de prescripción como el área remanente.


Respecto a la Solicitud

* El escrito debe indicar en forma precisa la forma en que se adquirió la posesión del inmueble.
*Los testigos deberán declarar bajo juramento que les consta que los solicitantes se encuentran en posesión del inmueble materia de prescripción en forma continua, pacífica y pública, por más de 10 años.


Respecto del Titular Registral

* En la solicitud debe indicarse todos los titulares que aparecen con derechos inscritos en la partida registral, precisando su domicilio para efectos de nofificásele.
* En el caso que se indique que se desconoce el domicilio de uno o más titulares registrales, en la solicitud debe declararse bajo juramento haber efectuado todas las gestiones destinadas a ubicar su domicilio, sin haberlo podido ubicar, solicitando expresamente su notificación por la vía edictal. Acompañarán, en este caso, las Constancias expedidas por el RENIEC, respecto a los titulares registrales que no se han podido ubicar.
* En el caso que el Titular Registral sea una persona jurídica, se acompañará Copia literal completa de la partida registral de la persona jurídica. En caso que se indique desconocer su domicilio se acompañará copia literal del título archivado que dio lugar a la última inscripción, y se efectuará declaración igual a la efectuada respecto a personas naturales.

Pruebas de la posesión

* Constancia de Posesión expedida por la Municipalidad correspondiente.
* Planos de ubicación y perimétrico visado por la Municipalidad correspondiente.
* De indicar en la solicitud que ha adquirido la posesión en virtud de un contrato, acompañar el contrato respectivo.
* Recibos de pago del Impuesto Predial de los 10 últimos años.
* Recibos de pago de los Servicios de Luz, Agua y Teléfono referidos a los últimos 10 años.
* En caso que se pretenda sumar plazos posesorios de ocupantes anteriores, acompañar documento en que consta la transferencia de posesión, el cual como mínimo debe ser documento con firmas legalizadas.
* Otros como Documentos de Identidad, Recibos de Pago a instituciones Financieras, Partidas de Nacimiento en los que se indique como Dirección el inmueble materia de prescripción.


B) Requisitos Saneamiento de Areas, Linderos o Medidas Perimetricas
Respecto del Inmueble

* Certificado de Búsqueda Catastral emitido por el Registro Público, indicando que el inmueble tiene distinta área, linderos o medidas perimétricas de las que aparecen registradas, precisando que no existe superposición con terceros. Acompañar los planos perimétricos, de ubicación y memoria descriptiva presentada ante los Registros Públicos al solicitar el Certificado de Búsqueda Catastral.
* Si en la Partida Registral del Inmueble el inmueble aparece como rústico, presentar Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios o Certificado de Zonificación emitidos por la Municipalidad, en el que conste zonificación urbana.
* Si en la Partida Registral del Inmueble el inmueble aparece como rústico, presentar Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios o Certificado de Zonificación emitidos por la Municipalidad, en el que conste zonificación urbana.
* Formulario de Regularización- Ley N° 27157 completo y en tres ejemplares, otorgado por Ingeniero Civil o Arquitecto Verificador registrado en Registros Públicos, que contenga la Declaratoria de Fábrica de la edificación efectuada, sólo en el caso que también se esté regularizando edificaciones levantadas en el predio que no se encuentren inscritas, o, modificando la fábrica inscrita.
* Plano Catastral y Memoria Descriptiva otorgados por la Municipalidad respectiva, en la que aparezca el área, linderos y medidas perimétricos correctos, los que deben coincidir con los que se han determinado en el Certificado de Búsqueda Catastral de Registros Públicos. En caso que la Municipalidad respectiva carezca de Planos Catastrales, planos de ubicación y localización visados por la Municipalidad respectiva.


Respecto de la solicitud

* En el escrito se indicará en forma precisa cual es la discrepancia entre el área, medidas o linderos del predio, con la que aparece registrada, señalando expresamente los datos registrados y los que se pretende corregir
* La solicitud debe ser firmada., también, por tres testigos, mayores de 25 años, con domicilio, quienes en la solicitud declararán, bajo juramento, que les consta que les consta que el área, linderos o medidas perimétricas correctas del predio, son las que se indican en la solicitud, sin que exista superposición.

Requisitos para Constitución de Patrimonio Familiar

Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignara los siguientes datos:
* Datos personales del (los) solicitante(s).
* Petitorio o materia de la solicitud.
* Individualizacion del predio que propone afectar.

* Señalar a los beneficiarios con precisión del vinculo familiar que los une.
* Fundamentos de derecho.
* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
* Fecha
* Firma del otorgante.

Anexos que se deben acompañar a la minuta.
* Copia legible del documento de identidad del (los) otorgante (s).
* Documentos públicos (partidas de nacimiento, matrimonio u otros) que acrediten el vinculo con los beneficiarios.
* Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar.
* Declaración expresa de no tener deudas pendientes.

Trámite: Una vez calificada la documentación se procede a la publicación en los diarios (El Peruano y otro de mayor circulación); transcurridos 10 días contados desde de la última publicación se extenderá la Escritura Pública, la misma que deberá ser suscrita por los solicitantes, previa identificación mediante su Documento de Identidad, posteriormente se envían los partes al registro de la propiedad inmueble para su inscripción.
Requisitos para Divorcio Notarial por Mutuo Acuerdo

*Solicitud firmada por Abogado, debe contener:

Nombre, D.N.I, Ultimo Domicilio Conyugal.
Domicilio de cada Conyuge para Notificaciones
Firma y Huella de cada Conyuge
Solicitud Expresa de Separación

* Copia de D.N.I. de Ambos Conyuges
* Partida de matrimonio Original (máximo 3 meses de antiguedad desde la presentación de solicitud)
* Declaración Jurada con firma y huella de conyuges de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
* Partida de Nacimiento (máximo 3 meses de antiguedad)
* Copia certificada sentencia o acta de conciliación respecto de los regimenes de patria potestad, tenecia, alimentos y visitas de menores o mayores con incapacidad.
* copia certificada de sentencia que declara la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombre curador.
* Testimonio de la escritura pública de separación de patrimonios inscrita en registros públicos. o declaración jurada con firma y huella de cada conyuge de carecer de bienes sujetos a la soc. de ganaciales.
* Testimonio de la escritura pública de sustitución o liquidación de regimen patrimonial, si fuera el caso.
* Declaración jurada de ultimo domicilio conyugal con firma y huellas de ambos.

Requisitos para la Adopción de Personas Capaces

Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignará los siguientes datos:
* Datos personales del adoptante.
* Datos personales del adoptado.
* La manifestación expresa del adoptante y el adoptado de celebrar el acto jurídico de adopción.
* Declaración bajo juramento del adoptante de gozar de solvencia moral.
* Fundamentos de derecho.
* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
* Fecha.
* Firma del adoptante y adoptado.

Anexos que se deben acompañar a la minuta.
* Copia legible del documento de identidad del adoptante.
* Copia legible del documento de identidad del adoptado.
* Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptante.
* Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptado.
* Copia certificada de la partida de matrimonio del adoptado, en caso este fuese casado.
* Copia certificada de la partida de matrimonio del adoptante, en caso este fuese casado.
* En el supuesto que el adoptante haya sido representante legal del adoptado se presentara el documento que acredite que las cuentas de su administración han sido aprobadas.
* En el supuesto de que el adoptado tuviese bienes se presentara inventario en instrumento público.
* Los medios probatorios destinados a acreditar la solvencia moral del adoptante.

Tramite: Una vez calificada la documentación se eleva la minuta a escritura publica, la cual deberá ser suscrita por el adoptante y adoptado, posteriormente se envían los partes al registro civil de la municipalidad en donde se encuentra inscrito en nacimiento a fin de que anote marginalmente la adopción y se expida una nueva partida.
Requisitos Unión de Hecho

* Solicitud con firmas y nombres de ambos solicitantes que señale el reconocimiento expreso que conviven no menos de 2 años.
* Declaración jurada con firma legalizada que exprese que los solicitantes se encuentran libre de impedimento matrimonial, y que no tiene vida en común con otro varon o mujer, según sea el caso.
* Certificado negativo del registro personal de cada uno de los solicitantes
* Certificado domiciliario de cada uno de los solicitantes.
* Declaración jurada de 2 testigos con firmas legalizadas, que indique que los solicitantes conviven por mas de 2 años continuos o más.

  • Aper. Libros
  • Firmas
  • Reproducciones
  • Copias
  • Viaje Menores
  • Telefónica
  • Supervivencia
  • Otros
  • Ent. Cartas Not.
  • Domiciliario

Requisitos para Certificación de Apertura de libros:

Libros Contables:
* Llenar solicitud indicando los Datos del Libro y de la Empresa o persona a la cual pertenecen los libros.
* Copia del Documento de identidad del presentante.

Libros de Actas:

* Carta de comunicación a la Sunat.

* Solicitud firmada por el Representante Legal.

* Vigencia de Poder.

* Copia del Documento de Identidad del Presentante.

A partir del Segundo Libro se solicitará adicionalmente, la presentación del Libro anterior debidamente concluido o, de ser el caso, la denuncia respectiva por pérdida o robo.

Requisitos Certificación de Firmas:

* Comparecencia de la persona cuya firma se desea certificar con su documento oficial de identificación, para que suscriba el documento en el mismo oficio notarial, o de haberlo ya hecho, vuelva a firmarlo e imprima su huella digital.

* Para el caso de personas incapacitadas físicamente para firmar, otra persona podrá hacerlo a su ruego sin perjuicio que el rogante imprima su huella digital.

Certificación de Reproducciones

El Notario certificará reproducciones de documentos obtenidos por cualquier medio idóneo, autorizando con su firma que la copia que se le presenta guarda absoluta conformidad con el original. En caso que el documento presente enmendaduras el Notario, a su criterio, podrá denegar la certificación que se le solicita o expedirla, dejando constancia de la existencia de las mismas.

Requisitos:

* Acompañar a la reproducción o fotocopia que se desea certificar, el original del documento.

Requisitos para Copias Certificadas Fotostaticas

* Acompañar al libro de actas en original, solicitud escrita, precisando si se requiere inscripción en registros públicos.

* Especificar claramente la fojas pertinentes del libro que se desea en copia certificada.

Autorización de Viaje de Menores

Las autorizaciones de viaje al interior y exterior se extienden en formulario especial emitido por el Colegio de Notarios.

Requisitos:

* Datos con Generales de ley de uno o ambos padres, ya sea se trate de viajes al interior o al exterior respectivamente.

* Adjuntar copias de los documentos de identidad (DNI, CIP, Carnet de Extranjería, Etc.), el DNI deberá contar con la constancia de votación al día, dispensa ó pago de multa. ESTAR VIGENTE

* Si el o los padres otorgan poder por escritura pública, a favor de uno de ellos o a un tercero se solicitara el Certificado de Vigencia de Poder expedido por la oficina registral.

* Presentar partida de nacimiento del menor.

* Indicar lugar al cual viaja el menor y, de considerarlo necesario, indicar los datos de la persona que acompañará al menor en el viaje.

Solicitudes a Telefónica

Transferencia de línea:

* Comparecencia del titular-transferente y adquirente de la línea telefónica con sus documentos de identidad.

* Adjuntar ultimo recibo de teléfono donde conste el nombre del titular-transferente.

* En el caso de personas jurídicas, se debe presentar el Certificado de Vigencia de Poder del o los representantes que actuaran en la transferencia.

Solicitud para Duplicado o Rectificación de nombre en certificado de acciones:

* Comparecencia del titular de la línea con su documento de identidad

* Presentar el ultimo recibo de teléfono o certificado de acciones.

* Si el titular ha fallecido, adjuntar copia literal de la Partida Registral en la que conste inscrita la Sucesión Intestada o el Testamento de ser el caso, compareciendo cada uno de los herederos con sus documentos oficiales de identidad , se puede acceder a la información registral vía internet , a un costo adecuado.

* Para el caso de personas jurídicas los requisitos son los mismos que en la transferencia de línea.

Requisitos para Certificado de Supervivencia:

* Comparecencia del solicitante

* Datos generales de ley.

* Presentar original y copia del documento de identidad vigente (DNI, CIP, Carnet de Extranjería, Etc.), el DNI deberá contar con la constancia de votación al día, dispensa ó pago de multa. DEBE ESTAR VIGENTE

Si fuera Incapaz.

* Copia Literal de la inscripción de nombramiento del Curador en registros Públicos

Requisitos para Poderes Fuera de Registro y Poderes Especiales en Formularios ONP y ESSALUD

* Comparecencia del poderdante con su documento de identidad vigente y con la constancia de la última votación.

* En el caso de poderes ante la ONP se debe acompañar la boleta de pago y facilitar el número de Código del Jubilado.

* En el caso, que el poderdante se encuentre imposibilitado de firmar, otra persona podrá hacerlo a su ruego sin perjuicio que aquel imprima su huella digital. En este caso el testigo a ruego deberá presentar su documento de identidad vigente.

Certificación de Entrega de Cartas Notariales

El notario cursará las cartas que los interesados soliciten, a la dirección del destinatario dentro de los limites de su jurisdicción dejando constancia de su entrega o de las circunstancias de su diligenciamiento en el duplicado que devolverá a los interesados.

Requisitos:

* Presentar debidamente firmada la carta en original y dos copias.

* Indicar claramente dirección del destinatario y su nombre o razón social.

Requisitos para Certificado Domiciliario:

* DNI del solicitante (original y copia)

* Recibos de Luz, Agua o Teléfono que acrediten el domicilio.

* Trámite es personal